ley californianaA la hora de hablar sobre gestación subrogada conviene mirar al país donde esta práctica se realiza desde hace más tiempo: los Estados Unidos, y concretamente, California. Mientras que en España y en otros países europeos seguimos debatiendo la ética de la gestación subrogada, allí, en California, el debate ético está superado. La gestación subrogada fue legalizada de facto en California mediante una sentencia en 1993. Con posterioridad a esta sentencia, se han ido perfilando las regulaciones a través de litigios en los tribunales a medida que han surgido los problemas. La ley de 2013, que ha blindado por completo el sistema y ha puesto unos estándares muy altos para todas las partes, tiene tres puntos importantes:

1.- La mujer gestante y los padres comitentes han de tener abogados distintos. Esto asegura que no hay coerción y que la gestante entiende bien el contrato y las limitaciones a las que va a verse sometida.

2.- La ley obliga a que esté todo firmado y notariado antes de que la gestante comience a tomar la medicación para preparar el embarazo.

3.- La ley permite obtener un mandato judicial que nombra padre/madre del bebé antes de que nazca. Durante la gestación, un juez reconoce que de acuerdo con el contrato firmado el padre/madre del bebé es el cliente o clientes y deja ordenado cómo debe ser inscrito en la partida de nacimiento. Cuando el bebé nace, la paternidad legal está blindada.

La ley californiana elimina, pues, todas las formas de discriminación, pues todo el mundo tiene acceso a la tecnología. La seguridad jurídica que ofrece Estados Unidos suele compensar el mayor coste de realizar allí el proceso, derivado del entramado legal, la atención médica y los viajes.

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