paternidadesLa familia ya no se conforma únicamente a partir de la unión de una pareja heterosexual en matrimonio, sino que existen muchos modelos de familia y cada una  de  ellas  debe  ser  protegida  atendiendo  al  art.  14  bis  de  nuestra  Constitución.

Dentro del contexto de la familia, la filiación es el elemento fundamental y básico de su estructuración, de ahí su importancia. En el pasado,  al hablar de filiación se señalaba el vínculo biológico como  si  fuera  el  único  y exclusivo  para  poder  elaborar  el  concepto  jurídico  de  filiación. Con la aparición de las técnicas  de  reproducción  humana  asistida se ha hecho necesario redefinir jurídicamente el vínculo filiatorio. Se trata del vínculo que se entabla entre dos personas como “progenitores” en un extremo, e “hijo” o “hija”, en el otro. Esta definición es la que resulta más pertinente teniendo en cuenta los avances de las ciencias biológicas y  tecnológicas  sucedidos  en  las  últimas  décadas,  que  han  puesto  al  alcance  de  grandes sectores de la población las técnicas de reproducción humana asistida, entre las cuales se encuentra la gestación subrogada.

Estos avances han separado la procreación de la sexualidad. Y junto con los progresos en  la  crioconservación  de  óvulos y  espermas,  han permitido en la actualidad que existan distintos tipos de paternidades  y maternidades.

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