PAÍS
GRECIA

Mujer no mayor de 54 años (preferiblemente menor de 53 o con los 53 recién cumplidos) con algún problema médico que le impida gestar o que suponga esa gestación un serio riesgo para ella y/o para el bebé, y pueda demostrarse con un certificado médico (puede ser de la medicina pública o privada, de cualquier médico colegiado, no hace falta que sea necesariamente de un ginecólogo), o bien que se hayan realizado tres o más intentos de transferencias embrionarias sin éxito o inseminaciones artificiales infructuosas. Puede ser también una pareja heterosexual casada o no, o una pareja de mujeres, pero debe haber siempre al menos una mujer con las anteriores condiciones.
- ¿CUÁNTO TARDA TODO EL PROCESO?
Aproximadamente entre 12 y 20 meses desde el momento en el que haces el primer viaje hasta que nace tu hijo/a y se gestiona después la documentación para tu/vuestro regreso a España. - ME HAN DICHO QUE EL PROCESO EN GRECIA ES MUY LENTO
En absoluto. Tal vez se diga lo de la lentitud porque estos procesos en Grecia no pueden comenzar si no tenemos antes una sentencia estimatoria declarando la filiación del futuro hijo/a, lo que suele demorar entre 2 y 4 meses en condiciones normales, pero hay que tener en cuenta que, en cambio, la fase final es mucho más rápida porque, precisamente, ya tenemos resuelta la parte legal, esencial siempre en estos procesos, gracias a esa sentencia. Si, por ejemplo, tenemos en cuenta que un proceso de GS en cualquier país que no cuente con la ventaja de este tipo de sentencia (como por ejemplo México, Ucrania, Georgia o Albania, entre muchos otros), suele durar unos 12 a 14 meses en su fase médica, y después unos 12 meses como mínimo en su fase legal ya de vuelta en España más los 6 meses aproximadamente hasta que hay inscripción en el Registro, resulta que en Grecia no solo no es lento, ¡¡¡Sino que es incluso mucho más rápido!!! (12 a 20 meses de media en Grecia en comparación con los 30 a 32 meses en países sin sentencia), todo ello siempre que se realice correctamente la inscripción del bebé en el Registro Civil Consular español. - TENGO ENTENDIDO QUE APENAS HAY GESTANTES O QUE SE TARDA MUCHO EN CONSEGUIRLAS
Se trata de otro mito. Hay determinadas clínicas que consiguen una asignación en un plazo que, como mucho, no llega a los 2 meses, periodo que se puede aprovechar para ir mientras arreglando el papeleo para iniciar la fase legal. De hecho, es bastante frecuente que en el primero de los dos viajes necesarios a Grecia ya te/os esté esperando allí la gestante, con la oportunidad de poder conocerla personalmente. - ¿PODRÉ CONOCER A LA GESTANTE, QUÉ TRATO TENDRÉ CON ELLA?
Es lo que recomendamos, ya sea de forma personal y directa, como decíamos antes, o al menos por videoconferencia. Muy al contrario de lo que algunos que no conocen cómo funciona un proceso de gestación subrogada todavía creen, esto no es algo movido exclusivamente por un motivo meramente mercantil, sino que hay un auténtico y legítimo interés por parte de la chica en cuanto a saber cómo serán los futuros padres del bebé al que dará a luz, y estos por conocer a la persona que desempeñará un papel tan trascendental en sus vidas. Esto lo hemos visto innumerables veces. - ¿APARECERÁ LA GESTANTE COMO MADRE EN LOS PAPELES, PODRÁ RECLAMARME ALGO DESPUÉS?
De ninguna manera. La única madre es aquella a quien la ley griega reconoce como tal en la sentencia, que es la madre intencional, la que inicia el proceso, ya sea ella sola o con su marido o pareja, que figurará también como el padre, y así consta desde un primer momento en toda la documentación. - ¿TENDRÉ QUE HACER DESPUÉS CUANDO REGRESE A ESPAÑA ALGÚN TRÁMITE LEGAL PARA REGISTRAR AL NIÑO/A?
Si el consulado de España inscribe al bebé, y tiene la obligación legal de hacerlo puesto que se cumplen todos los requisitos de las Instrucciones de 5 de octubre de 2010 y de 18 de febrero de 2019, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antigua Dirección General de los Registros y del Notariado), sobre régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución, ninguno, vendrías de vuelta en tal caso a España con un niño/a ya reconocido como tu hijo/a a todos los efectos legales. Caso de que no realizara la inscripción, sí que habría que instar tal inscripción en España, empezando por el Registro Civil Central de Madrid, a través del Registro Civil de tu provincia, entre otras herramientas legales para esa inscripción. - ¿TENDRÉ DERECHO A LOS PERMISOS DE MATERNIDAD, Y A LOS DE PATERNIDAD (EN EL CASO DE PAREJAS HETERO)?
Totalmente. Desde el mismo instante en el que se inscribe tu/vuestro/a hijo/a en el Registro Civil Consular español en Atenas, o bien en el Registro Civil Central de Madrid, nace tu derecho al reconocimiento de esos permisos y/o prestaciones. - ¿QUÉ PASA SI MIENTRAS TANTO CAMBIAN LA LEY EN ESPAÑA?
Una vez iniciado el proceso, y se entiende iniciado cuando ya se ha tramitado la solicitud judicial para la autorización de ese proceso, no te/os afecta ningún cambio legislativo en España que pudiera suponer perjuicio alguno (ello en base al principio jurídico de irretroactividad de la norma desfavorable). - ¿QUÉ PASA SI SURGEN IMPREVISTOS O INCLUSO SI SE INTERRUMPE EL PROCESO Y HAY QUE EMPEZAR DE NUEVO? TENGO MIEDO DE QUE LOS GASTOS EN ESE CASO ME ARRUINEN…
Los gastos adicionales que puede haber en estos procesos en Grecia están muy limitados y en ningún caso dispararán el presupuesto como sí que puede pasar, por ejemplo, en los EEUU, ya que aquí contamos con la cobertura de la medicina pública europea.
Mándanos un correo si deseas una información todavía más detallada sobre este país:
PROGRAMA
GRECIA
Mujer no mayor de 54 años (preferiblemente menor de 53 o con los 53 recién cumplidos) con algún problema médico que le impida gestar o que suponga esa gestación un serio riesgo para ella y/o para el bebé, y pueda demostrarse con un certificado médico (puede ser de la medicina pública o privada, de cualquier médico colegiado, no hace falta que sea necesariamente de un ginecólogo), o bien que se hayan realizado tres o más intentos de transferencias embrionarias sin éxito o inseminaciones artificiales infructuosas. Puede ser también una pareja heterosexual casada o no, o una pareja de mujeres, pero debe haber siempre al menos una mujer con las anteriores condiciones.
- ¿CUÁNTO TARDA TODO EL PROCESO?
Aproximadamente entre 12 y 20 meses desde el momento en el que haces el primer viaje hasta que nace tu hijo/a y se gestiona después la documentación para tu/vuestro regreso a España. - ME HAN DICHO QUE EL PROCESO EN GRECIA ES MUY LENTO
En absoluto. Tal vez se diga lo de la lentitud porque estos procesos en Grecia no pueden comenzar si no tenemos antes una sentencia estimatoria declarando la filiación del futuro hijo/a, lo que suele demorar entre 2 y 4 meses en condiciones normales, pero hay que tener en cuenta que, en cambio, la fase final es mucho más rápida porque, precisamente, ya tenemos resuelta la parte legal, esencial siempre en estos procesos, gracias a esa sentencia. Si, por ejemplo, tenemos en cuenta que un proceso de GS en cualquier país que no cuente con la ventaja de este tipo de sentencia (como por ejemplo México, Ucrania, Georgia o Albania, entre muchos otros), suele durar unos 12 a 14 meses en su fase médica, y después unos 12 meses como mínimo en su fase legal ya de vuelta en España más los 6 meses aproximadamente hasta que hay inscripción en el Registro, resulta que en Grecia no solo no es lento, ¡¡¡Sino que es incluso mucho más rápido!!! (12 a 20 meses de media en Grecia en comparación con los 30 a 32 meses en países sin sentencia), todo ello siempre que se realice correctamente la inscripción del bebé en el Registro Civil Consular español. - TENGO ENTENDIDO QUE APENAS HAY GESTANTES O QUE SE TARDA MUCHO EN CONSEGUIRLAS
Se trata de otro mito. Hay determinadas clínicas que consiguen una asignación en un plazo que, como mucho, no llega a los 2 meses, periodo que se puede aprovechar para ir mientras arreglando el papeleo para iniciar la fase legal. De hecho, es bastante frecuente que en el primero de los dos viajes necesarios a Grecia ya te/os esté esperando allí la gestante, con la oportunidad de poder conocerla personalmente. - ¿PODRÉ CONOCER A LA GESTANTE, QUÉ TRATO TENDRÉ CON ELLA?
Es lo que recomendamos, ya sea de forma personal y directa, como decíamos antes, o al menos por videoconferencia. Muy al contrario de lo que algunos que no conocen cómo funciona un proceso de gestación subrogada todavía creen, esto no es algo movido exclusivamente por un motivo meramente mercantil, sino que hay un auténtico y legítimo interés por parte de la chica en cuanto a saber cómo serán los futuros padres del bebé al que dará a luz, y estos por conocer a la persona que desempeñará un papel tan trascendental en sus vidas. Esto lo hemos visto innumerables veces. - ¿APARECERÁ LA GESTANTE COMO MADRE EN LOS PAPELES, PODRÁ RECLAMARME ALGO DESPUÉS?
De ninguna manera. La única madre es aquella a quien la ley griega reconoce como tal en la sentencia, que es la madre intencional, la que inicia el proceso, ya sea ella sola o con su marido o pareja, que figurará también como el padre, y así consta desde un primer momento en toda la documentación. - ¿TENDRÉ QUE HACER DESPUÉS CUANDO REGRESE A ESPAÑA ALGÚN TRÁMITE LEGAL PARA REGISTRAR AL NIÑO/A?
Si el consulado de España inscribe al bebé, y tiene la obligación legal de hacerlo puesto que se cumplen todos los requisitos de las Instrucciones de 5 de octubre de 2010 y de 18 de febrero de 2019, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antigua Dirección General de los Registros y del Notariado), sobre régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución, ninguno, vendrías de vuelta en tal caso a España con un niño/a ya reconocido como tu hijo/a a todos los efectos legales. Caso de que no realizara la inscripción, sí que habría que instar tal inscripción en España, empezando por el Registro Civil Central de Madrid, a través del Registro Civil de tu provincia, entre otras herramientas legales para esa inscripción. - ¿TENDRÉ DERECHO A LOS PERMISOS DE MATERNIDAD, Y A LOS DE PATERNIDAD (EN EL CASO DE PAREJAS HETERO)?
Totalmente. Desde el mismo instante en el que se inscribe tu/vuestro/a hijo/a en el Registro Civil Consular español en Atenas, o bien en el Registro Civil Central de Madrid, nace tu derecho al reconocimiento de esos permisos y/o prestaciones. - ¿QUÉ PASA SI MIENTRAS TANTO CAMBIAN LA LEY EN ESPAÑA?
Una vez iniciado el proceso, y se entiende iniciado cuando ya se ha tramitado la solicitud judicial para la autorización de ese proceso, no te/os afecta ningún cambio legislativo en España que pudiera suponer perjuicio alguno (ello en base al principio jurídico de irretroactividad de la norma desfavorable). - ¿QUÉ PASA SI SURGEN IMPREVISTOS O INCLUSO SI SE INTERRUMPE EL PROCESO Y HAY QUE EMPEZAR DE NUEVO? TENGO MIEDO DE QUE LOS GASTOS EN ESE CASO ME ARRUINEN…
Los gastos adicionales que puede haber en estos procesos en Grecia están muy limitados y en ningún caso dispararán el presupuesto como sí que puede pasar, por ejemplo, en los EEUU, ya que aquí contamos con la cobertura de la medicina pública europea.
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PAÍS
California
(Estados Unidos)
País pionero en gestación subrogada con una experiencia de más de 40 años y cientos de clínicas de reproducción asistida especializadas. Cuenta además con una cobertura legal que alcanza la casi totalidad de los 50 estados que forman los EEUU pues los procesos vienen avalados por el reconocimiento de un tribunal que declara mediante sentencia quienes son los padres, lo que nos permite inscribir directamente al niño en el Consulado de España tras su nacimiento. Tu hijo regresa a España siendo ya reconocido como tal y además con la doble nacionalidad: norteamericana y española, gestiones que se realizan en California, que es el lugar en el que nacerá tu futuro/a hijo/a.
A los Estados Unidos puede acudir cualquier persona, soltera o no, en pareja o no y de cualquier condición sexual. Es el país más abierto y tolerante para ser madre o padre mediante la gestación subrogada.
Mándanos un correo si deseas una información más detallada sobre este país:

Ninguno. No obstante, tanto para la gestación subrogada en California como para cualquier otro estado de los EEUU, no se suelen aceptar casos de personas que hayan cumplido ya los 61 años (en el momento de iniciar el proceso), salvo que esa persona vaya con una pareja que tenga una edad inferior.
Han de realizarse dos viajes si se va a aportar material genético solo uno en caso contrario:
1) Primer viaje (si se aporta material genético): Duración aproximada de 5 a 7 días, se realiza la visita a la clínica de fertilidad, o bien para la donación de semen o para la extracción de óvulos o para ambas cosas.
2) Segundo viaje (o único viaje si no se aporta material genético): duración aproximada de veinte a treinta días. Es cuando nace tu hijo, el cual ya habrá sido reconocido como tal por un tribunal californiano mediante una sentencia de filiación antes incluso de su nacimiento, que es una de las grandísimas ventajas de los procesos de gestación subrogada en los Estados Unidos. Tras ese nacimiento se verifica que el bebé y la mujer que lo ha dado a luz están en perfectas condiciones, acabando aquí la labor esencial de la gestante y comenzando la tuya/vuestra como la/los legítima/os madre/padres de tu/vuestro hijo/a.
Comienza también el papeleo para inscribir a ese hijo en el Registro Civil Consular español en Los Ángeles, de manera que a tu/vuestro regreso a España lo haces/hacéis en calidad ya de madre/padres legítimamente reconocida/os.
Y desde ese momento queda lo más difícil: criar y educar a tu/vuestro hijo/a 😉
Ninguno. No obstante, tanto para la gestación subrogada en California como para cualquier otro estado de los EEUU, no se suelen aceptar casos de personas que hayan cumplido ya los 61 años (en el momento de iniciar el proceso), salvo que esa persona vaya con una pareja que tenga una edad inferior.
Han de realizarse dos viajes si se va a aportar material genético solo uno en caso contrario:
1) Primer viaje (si se aporta material genético): Duración aproximada de 5 a 7 días, se realiza la visita a la clínica de fertilidad, o bien para la donación de semen o para la extracción de óvulos o para ambas cosas.
2) Segundo viaje (o único viaje si no se aporta material genético): duración aproximada de veinte a treinta días. Es cuando nace tu hijo, el cual ya habrá sido reconocido como tal por un tribunal californiano mediante una sentencia de filiación antes incluso de su nacimiento, que es una de las grandísimas ventajas de los procesos de gestación subrogada en los Estados Unidos. Tras ese nacimiento se verifica que el bebé y la mujer que lo ha dado a luz están en perfectas condiciones, acabando aquí la labor esencial de la gestante y comenzando la tuya/vuestra como la/los legítima/os madre/padres de tu/vuestro hijo/a.
Comienza también el papeleo para inscribir a ese hijo en el Registro Civil Consular español en Los Ángeles, de manera que a tu/vuestro regreso a España lo haces/hacéis en calidad ya de madre/padres legítimamente reconocida/os.
Y desde ese momento queda lo más difícil: criar y educar a tu/vuestro hijo/a 😉
PAÍS
CHIPRE
Este país es adecuado para parejas tanto heterosexuales como homosexuales, casadas o no, en las que al menos uno de ellos pueda aportar material genético (semen).
Tanto el comienzo como la finalización tienen lugar en Chipre, desde donde es posible regresar a España en menos de un mes por vía aérea.
Es una opción válida para chicos gay que deseen ser padres o para hombres en general, ya lo hagan solos o en pareja con otro hombre o con una mujer.
Tienes mucha más información en las pestañas inferiores:

Posible para hombres solteros o a parejas tanto heterosexuales como homosexuales, casadas o no, en las que al menos uno de ellos pueda aportar material genético (semen).
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PAÍS
CHIPRE
Este país es adecuado para parejas tanto heterosexuales como homosexuales, casadas o no, en las que al menos uno de ellos pueda aportar material genético (semen).
Tanto el comienzo como la finalización tienen lugar en Chipre, desde donde es posible regresar a España en menos de un mes por vía aérea.
Es una opción válida para chicos gay que deseen ser padres o para hombres en general, ya lo hagan solos o en pareja con otro hombre o con una mujer.
Tienes mucha más información en las pestañas inferiores:
Posible para hombres solteros o a parejas tanto heterosexuales como homosexuales, casadas o no, en las que al menos uno de ellos pueda aportar material genético (semen).
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PAÍS
REPÚBLICA CHECA
Apropiado para hombres solteros o a parejas tanto heterosexuales como homosexuales, casadas o no, en las que al menos uno de ellos pueda aportar material genético (semen). El nacimiento del bebé tendrá lugar en Praga, lo que significa que contará con la partida de nacimiento europea y las garantías administrativas, legales y médicas de culminar el proceso en la Unión Europea.
Es el país perfecto para chicos gay que deseen ser padres o para hombres en general, ya lo hagan solos o en pareja con otro hombre.
Mándanos un correo si deseas una información más detallada sobre este país:

Adecuado para hombres solteros o a parejas tanto heterosexuales como homosexuales, casadas o no, en las que al menos uno de ellos pueda aportar material genético (semen).

País
GEORGIA*
En Georgia viene regulándose la gestación subrogada desde 1997 con leyes que garantizan la seguridad jurídica del proceso desde el primer momento y que atribuyen la maternidad y la paternidad del futuro bebé a las madres y padres que eligen esta técnica desde el mismo momento de la transferencia embrionaria, siendo solamente sus nombres los que van a figurar en el certificado de nacimiento como los únicos padres legítimos de ese bebé.
* Es MUY IMPORTANTE recordar lo que venimos anunciando desde el verano de 2023, y es que existe en este país una iniciativa parlamentaria que impedirá a los extranjeros seguir accediendo a la gestación subrogada. Sin embargo, el tiempo pasa y esa iniciativa no parece que, de momento, se materialice en una ley con tal prohibición, por lo que volvemos a ofrecer este programa con toda normalidad, aunque ha de valorarse la posibilidad de que esto pase en cualquier momento.

Adecuado para parejas heterosexuales, casadas o no, en las que él sea fértil y ella adolezca de alguna causa médica por la que no pueda tener bebés, siendo indiferente que pueda o no aportar sus óvulos pues Georgia permite la donación de óvulos si no es posible usar los propios, pudiendo además en tal caso escoger las características fenotípicas y genotípicas que prefiera la futura madre intencional.
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UCRANIA
Ucrania fue, junto con los Estados Unidos, el país al que más personas han viajado para ser madres y padres por gestación subrogada cada año, y la razón es porque cuenta con una de las legislaciones sobre esta materia más desarrolladas y garantistas a nivel mundial ya que las partes más sensibles implicadas en el proceso: la gestante, los padres intencionales e incluso el propio bebé, están amparadas por normas específicas que obligan a que tales garantías se certifiquen ante notario y se fiscalicen a través de las autoridades sanitarias. Además, la infraestructura de las agencias que trabajan allí está especialmente desarrollada, abarcando todos los aspectos relevantes de estos procesos sin dejar ni un solo detalle a la improvisación.
Pero como ya todos sabemos, el país fue invadido por Rusia en febrero de 2022, por lo que los programas de gestación subrogada quedaron interrumpidos durante aquellos primeros meses; sin embargo, dado el curso de los acontecimientos, que revelan ya con claridad que el conflicto irá todavía para largo y que, a pesar de esa guerra, existe una cierta vuelta a la normalidad en la mayor parte del país, se han reactivado de nuevo estos programas y algunas parejas vuelven a viajar a Kiev.
La gestación subrogada en Ucrania está dirigida a parejas heterosexuales casadas en las que él sea fértil y ella adolezca de alguna causa médica por la que no pueda tener bebés. Puede realizarse con óvulos propios o donados, siendo posible en este último caso elegir a la donante de óvulos mediante un detallado estudio que incluye fotografías y todo tipo de información sobre la misma.
No obstante y por razones más que obvias, es una alternativa que recomendamos solo con muchos matices y en aquellos casos en los que, por presupuesto, no se pueda optar a otro país, por ser Ucrania el que ofrece los precios más asequibles para ser padres por gestación subrogada.
EN RESUMEN:
Matrimonios heterosexuales. Es imprescindible que él sea fértil y ella tenga algún problema médico para tener bebés que pueda demostrarse con un certificado médico. No hace falta que la pareja esté casada exactamente al inicio del proceso, pero tiene que estarlo cuando posteriormente se firme el contrato con la gestante subrogada.
Han de realizarse dos viajes a Ucrania:
1) Primer viaje: con una duración aproximada de entre 3 y 4 días. En ese primer viaje:
- Vais a la clínica de fertilidad para la aportación de semen en el caso del hombre, así como para la extracción de óvulos en los casos de mujeres que prefieran usar sus propios óvulos si es que no se ha elegido ovodonación. También allí mismo o antes incluso de la visita a la clínica habréis firmado los contratos y consentimientos médicos
- Se firman ante notario:
- El contrato con la agencia ucraniana.
- El contrato con la gestante o bien el poder que autorizará a uno de los abogados ucranianos a firmar con la gestante en nombre de los padres posteriormente (dependiendo de que para ese momento conozcáis ya a la gestante o haya que esperar algo más)
2) Segundo viaje: duración aproximada en la actualidad de unas dos semanas. Este es el viaje en el que:
- Nace vuestro hijo. Por lo general os avisarán con tiempo suficiente para que podáis estar allí incluso durante el parto. Después pasáis con él un par de días en la propia maternidad para verificar que tanto el bebé como la chica se encuentran en buenas condiciones, y al alta os vais con vuestro hijo al apartamento en el que estaréis alojados mientras se va preparando el papeleo legal y administrativo para regresar a España.
En las actuales circunstancias, el viaje a Ucrania, lo mismo que la vuelta, se suele hacer a través de Polonia, en avión desde España a Cracovia o a Varsovia y desde ahí en tren a Ucrania y viceversa, pues recordemos que el espacio aéreo ucraniano sigue cerrado. No es necesario ya el pasaporte del bebé, bastando ahora el certificado de nacimiento suficientemente legalizado entre otros documentos que conviene siempre consultar antes de salir pues, debido a la excepcionalidad de la situación, las condiciones y requisitos pueden cambiar con mucha facilidad. ¡Recordad que esta es una de nuestras especilidades y que estamos aquí para ayudaros!